La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo el pronunciamiento al anular una decisión de la justicia penal militar que absolvió al teniente coronel Luis Fernando Duque y el teniente Pedro Antonio Fernández, para la época de los hechos, y quiénes fueron señalados como los responsables del secuestro, la tortura y posterior asesinato de los indígenas Ángel María Torres, Luis Napoleón Torres y Antonio Chaparro.
Explicó el alto tribunal que cuando se realizó la investigación se demostró que los oficiales no realizaron estas detenciones como un acto de servicio, por lo que no debieron ser absueltos y además que con este secuestro no solo afectaron los derechos de los mamos, sino de toda la comunidad que representaban.
"Para el 28 de noviembre de 1990 los mencionados se trasladaban desde la ciudad de Valledupar hacia Bogotá para adelantar gestiones y diálogos ante la entonces Asamblea Nacional Constituyente y el Gobierno Nacional, relacionadas con la población que representaban (...) Evidentemente, tales acontecimientos comportan una aflicción severa de los derechos a la vida, a la integridad física y a la libertad de las víctimas", relató la decisión.
Además, agrega la corporación que con este actuar, los oficiales "causaron impacto negativo hacia los familiares de los occisos, al igual que toda la colectividad aborigen, cuando la Carta Política, garante de la protección y defensa de la dignidad y de los derechos humanos de todos sus habitantes, define a nuestro país como un Estado social y democrático de derecho, pluriétnico y multicultural".
Por estos hechos, la Corte Suprema declaró el caso de lesa humanidad, recordando que "el Ejército Nacional no tiene entre sus competencias normativas superiores o infraconstitucionales las de retener sin orden de autoridad, torturar y acabar con la vida de los ciudadanos colombianos", señaló el fallo.
Igualmente, el alto tribunal recalcó que es deber del Estado garantizar la vida, la honra y bienes de todos sus ciudadanos, "particularmente, de los miembros de la población menos favorecida, como las comunidades indígenas, ancestralmente discriminadas y ultrajadas, pero que ahora son sujetos de especial protección constitucional", concluye la decisión.
La Corte Suprema remitió el caso a la Fiscalía General para que continúe la investigación y tome las medidas penales correspondientes en contra de los oficiales.