El Resguardo Indígena de Cañamomo y Lomaprieta asentado en los municipios de Riosucio y Supía, Caldas dieron a conocer su propia “Ley de Consulta y consentimiento previo, Libre e Informado”, con la cual pretenden garantizar los derechos fundamentales a la libre determinación de cualquier medida normativa, administrativa, proyecto, obra, actividad, intervención territorial o poblacional.
Dicha normativa creada bajo la autonomía indígena, aplica en los casos de intervenciones que afecten positiva o negativamente, directa o indirectamente el territorio, la integridad de los valores, prácticas e instituciones de los principios ancestrales de la comunidad.
De acuerdo con Héctor Jaime Vinasco, consejero de gobierno del Resguardo Indígena de Cañamomo, este es un mandato de los mayores, de las asambleas generales de comunidad.
“Esta ley surgió de una preocupación desde el 2009 cuando una multinacional hizo una geo referenciación en nuestro territorio con la intención de extraer oro, y en ese entonces la Agencia Nacional de Minas nos informó que se tenían 44 títulos y 123 concesiones en el territorio, lo que nos dejó muy alarmados”, dijo el líder indígena.
Fue desde ese momento cuando la autoridad indígena elevó varias alertas y logró la alianza con otras entidades para crear una norma que les pudiera dar el derecho para regular las actividades que se pretendan desarrollar en el territorio indígena.
“Usamos el derecho y sacamos la resolución 048 de 29 de mayo de 2012, para fortalecer la defensa del territorio de acuerdo con el sistema de derecho propio y las normas de derecho nacional e internacional que protegen los derechos de los pueblos indígenas”, manifestó.
Es así como hoy, doce años después, se modifica esa resolución y se da inicio a la aplicación de la presente Ley, la cual ha sido construida de acuerdo con los usos y costumbres del Resguardo, en espacios de asamblea comunitaria donde se recogieron las voces de Cabildantes, médicas y médicos tradicionales, las mayoras y los mayores de las comunidades, así como las asociaciones de Mujeres y jóvenes del Resguardo.
“El contenido de esta ley, que tiene siete pilares que hemos denominado espirales, contiene entre otros un objeto y ámbito de aplicación, principios generales del Resguardo Indígena de origen colonial Cañamomo Lomaprieta, partes, garantes e instancias de los procesos de consulta, causales de invalidez y suspensión y de verificación, entre otros”, concluyó Héctor Jaime Vinasco, consejero de gobierno.
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De acuerdo al documento que será entregado al Ministerio del Interior, cualquier intervención sea de infraestructura, social, cultural, educativa y de salud deberá pasar primero por esta consulta, para que mantenga la armonía con los derechos constitucionales y convencionalmente establecidos para la protección de los derechos territoriales y colectivos de los pueblos indígenas.
Cabe resaltar que el Resguardo Indígena Cañamomo y Lomaprieta comprende al menos 25 veredas de los municipios de Riosucio y Supía, ubicadas en aproximadamente 3 mil hectáreas de zona rural de ambas localidades.