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Consejos de ministros no se podrán emitir por canales privados, Canal Uno, canales regionales, locales y comunitarios: ordenó el Consejo de Estado

El Consejo de Estado ordenó que no se emitieran los consejos de ministros a través de canales privados, así como de otros en televisión abierta, considerando libertad de información y pluralidad informativa
Crédito: Flickr Presidencia de la República
John Arias Calvo

El Consejo de Estado falló a favor de una acción de tutela interpuesta por una ciudadana quien alegó que “reclamó la protección de su derecho fundamental a la información, el cual consideró vulnerado por la Presidencia de la República con ocasión de las transmisiones de los consejos de ministros por los canales privados de televisión”, según reza el documento publicado por la alta corte.

Este polémico fallo, marca un precedente en la comunicación pública, pues rechazó una iniciativa presidencial de impulsar la transparencia en la gestión pública, garantizando que la ciudadanía conociera las discusiones sobre la gestión de los funcionarios y funcionarias públicas que lideran las carteras del Gobierno Nacional. En estos espacios se hicieron importantes balances de gestión y se mencionaron inconvenientes que enfrentó la administración en el cumplimiento del Plan de Gobierno.

El presidente Gustavo Petro había defendido las transmisiones alegando el derecho que tenía la ciudadanía de conocer a profundidad la gestión de su Gobierno:

Los consejos de ministros serán televisados todos, algunos en cadena otros por TV pública,  el pueblo tiene el derecho a saber que hace su gobierno y como es su gobierno directamente y sin intermediarios desinformadores.


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“Exponer a la luz el gobierno, me parece democrático, permite que el pueblo que no sea indiferente a la política y que se la apropie y decida transformarla conscientemente”, expresó el presidente el pasado 5 de febrero en su cuenta de X.

Los argumentos del Consejo de Estado

En el fallo publicado por el Consejo de Estado, se expone que los espacios televisivos del Consejo de Ministros suprimen “la libertad de no informarse, al excluir la posibilidad, para quienes únicamente disponen del acceso a la televisión abierta, de no enterarse de lo que se divulgue en los consejos de ministros”. Por otro lado, también argumentó que se “suprime la pluralidad informativa, porque fuerza a los televidentes a informarse de una única fuente, con una sola versión de los hechos”.

Por estas razones, la sala plena concluyó que se vulneró el derecho fundamental a la información de la ciudadana que interpuso el recurso de tutela, ordenando al Presidente de la República, a la Presidencia de la República (DAPRE) y a la CRC, que no se transmitan las sesiones del comentado cuerpo consultivo a través de los canales privados de televisión, del canal Uno y de los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta.

La decisión ha causado un debate público en redes sociales, encontrando defensores y opositores del fallo. Sin embargo, aún no hay pronunciamiento oficial desde la presidencia al respecto.

 

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