Caso 02: JEP anuncia responsabilidad de 15 excombatientes por crímenes de guerra y lesa humanidad
Este caso prioriza las graves violaciones a los derechos humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) que afectaron a comunidades vulnerables en los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas.
En una rueda de prensa desde Tumaco, Nariño, el presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), magistrado Roberto Vidal López, acompañado por la magistrada relatora Belkis Izquierdo Torres y la magistrada Ana Manuela Ochoa, dio a conocer los resultados de la investigación más amplia realizada hasta ahora por la JEP en el marco del Caso 02. Este caso prioriza las graves violaciones a los derechos humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) que afectaron a comunidades vulnerables en los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas.
El presidente Vidal destacó el arduo trabajo de investigación llevado a cabo durante los últimos cinco años, en estrecha colaboración con organizaciones afrodescendientes, indígenas y campesinas de la región. El caso abarca a más de 100,000 víctimas del conflicto armado y cuenta con la participación de más de 100 comparecientes dispuestos a brindar la verdad plena y reconocer su responsabilidad en los hechos.
En su intervención, la magistrada Belkis Izquierdo Torres atribuyó responsabilidad a 15 comparecientes que formaron parte de la extinta guerrilla de las FARC-EP. Estos, enfrentan cargos por crímenes de guerra y lesa humanidad cometidos contra pueblos indígenas, afrodescendientes, mujeres, niñas, personas LGBTI, así como contra el territorio y la naturaleza. Los delitos incluyen violencia sexual, masacres, desapariciones forzadas, confinamientos, reclutamiento y utilización de niñas y niños para la guerra, violaciones, esclavitud sexual y destrucción del territorio y la naturaleza.
En medio de la calificación jurídica e imputación de estos crímenes, se reveló la gravedad de los crímenes cometidos. Se documentaron 168 hechos de violencia sexual y de género contra mujeres y niñas, así como violencia por prejuicio contra personas con orientaciones sexuales e identidades y expresiones de género diversas, afectando a un total de 254 víctimas directas.
La JEP determinó que, en la implementación de la política de control social y territorial en los municipios prioritarios, se llevaron a cabo seis patrones criminales que causaron daños graves, diferenciados y desproporcionados contra los habitantes y el territorio.
Entre los 15 comparecientes mencionados se encuentran:
Pablo Catatumbe Torres Victoria “Pablo Catatumbo”
Edgar López Gómez conocido como “Pacho chino”
Luis Eduardo Carvajal conocido como “Gustavo” o “Rambo”
Eider Espinoza Feria conocido como “Cachorro”
Groelfi Rodríguez Moreno conocido como (Ramiro Cortés)
Wilfrido Ávila Fuente conocido como “Mondanga”
Rubiel Torres Mondragón conocido como “Tachuela”
Arles Porras Gómez conocido como “Yesid Guevara”
Fabio Murcia Camacho conocido como “Vitamina”
Jair Enrique Acosta conocido como “Javier Guzmán”
Ricardo Palomino conocido como “Jairo Perdomo”
Alberto López Palomino conocido como “William Santa María”
José Geidyn Castro Chillambo conocido como “El doctor”
Diego Alberto González Castillo conocido como “el pollo”
Juan Carlos Caicedo conocido como “el gordo”
Los mencionados, deberán responder de manera diferenciada por los crímenes no amnistiables atribuidos por la Sala de Reconocimiento de Verdad, en función de su rol de liderazgo o participación en la comisión de dichos crímenes. En las siguientes etapas del proceso ante la JEP, los exintegrantes de las Farc -EP podrán reconocer su responsabilidad fáctica, jurídica y restaurativa para satisfacer de manera integral los derechos a la verdad, justicia y reparación que demandan las víctimas.
A partir de la lectura de imputación de la JEP, los antiguos miembros de las columnas Daniel Aldana, Mariscal Sucre y del Frente 29, del Bloque Occidental Alfonso Cano, de las extintas Farc-EP, tendrán 30 días hábiles para reconocer los hechos atribuidos o rechazarlos.
PATRONES MACROCRIMINALES
En el desarrollo de esta política de control territorial y social se ejecutaron múltiples crímenes no amnistiables contra la población civil. La JEP determinó que, en los municipios priorizados, se ejecutaron 6 patrones criminales que generaron daños graves, diferenciados y desproporcionados contra sus habitantes y el Territorio:
Masacres, asesinatos selectivos y desapariciones forzadas contra pueblos étnicos, población campesina y rural y otros civiles.
Confinamientos y desplazamientos forzados contra pueblos étnicos, comunidades campesinas y otros civiles.
Reclutamiento y utilización de niñas y niños indígenas y afrocolombianos.
Violencia sexual y de género contra mujeres, niños y niñas y violencia por prejuicio contra personas con orientaciones sexuales e identidades y expresiones de género diversas o no normativas.
Uso ilícito y afectaciones por minas antipersonal (MAP) y restos explosivos de guerra (REG)
Destrucción de la Naturaleza y el Territorio.
✍️?Se trata del primer Auto de Determinación de Hechos y Conductas que emite la JEP, en el marco del #Caso02, que priorizó la situación territorial de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas (Nariño) entre 1990 y 2016.
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) July 13, 2023