Para el ente de control, si bien es grave la situación de esta región, los hechos que se argumentaron para declarar el estado de emergencia económica, social y ecológica no son nuevos, y pueden ser solucionados por otros medios.
“Resulta inadmisible la pretensión del presidente de la República de instrumentalizar la crisis que enfrenta La Guajira para obtener facultades legislativas excepcionales por medio de la declaración de un estado de emergencia, desestimando las medidas a su alcance dispuestas por el legislador, las instancias técnicas del Ejecutivo y la Corte Constitucional, para atender en el corto, mediano y largo plazo la situación estructural que afecta al departamento”, resaltó el Ministerio Público.
Igualmente, la Procuraduría señaló que para superar la crisis, el Gobierno tiene que acatar las órdenes de la Corte Constitucional que en 2017 declaró el estado de cosas inconstitucional en La Guajira.
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“Este pronunciamiento se limita a retomar la doctrina que prohíbe la utilización expansiva de los poderes excepcionales de la emergencia para resolver problemas crónicos o estructurales, sin que ello quiera decir en modo alguno que éstos deban quedar huérfanos de consideración por parte de las autoridades”, puntualizó el órgano de control.
Finalmente, el ente de control aclaró en su concepto ante la Corte Constitucional que el Gobierno Nacional pudo incluir este tema en el Plan Nacional de Desarrollo (PND), “no se evidencia que el Gobierno haya pretendido incorporar una política especial y concreta para atender la crisis, ya que la mayoría de las estrategias que se adoptan son transversales a las materias, así como aplicables a todo el país”.