El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, deberá crear un protocolo para que los menores de edad compartan con sus padres biológicos y de crianza por orden de la Corte Suprema de Justicia.
Este protocolo deberá contar con un programa de visitas, encuentros y sesiones de trabajo, teniendo en cuenta que los vínculos familiares no solo se dan por consanguinidad, sino también por decisión y voluntad.
La Corte precisó que el esquema de familia se ha ido modificando, dejando atrás que una familia solo la conforman un hombre y una mujer con hijos en común, por lo que se deben garantizar los derechos de aquellas “familias monoparentales, ensambladas, homoafectivas y pluriparentales”.
Además, precisó que, pese a que los padres se separen, estas decisiones no deben afectar las relaciones entre padres e hijos.
“Es imperativo visibilizar la recomposición de la familia y la existencia de nuevos desafíos para la sociedad, el Estado y los padres en la relación con sus hijos, entre los cuales se cuenta la necesidad de garantizar que, pese a la ruptura de los lazos afectivos entre los padres, se deba velar porque el niño conserve las relaciones con los dos, en igualdad de condiciones”, se lee en la decisión.
El pronunciamiento lo hizo la Corte al conocer el caso de una niña que deseaba disfrutar el tiempo junto a su madre, pero también con sus dos padres, el biológico y el de crianza para gozar de su derecho de tener una familia y no ser separada de ellos
“Es derecho fundamental de los niños a tener una familia y a no ser separados de ella (art. 44 C.P.) cobija a los niños o adolescentes que hagan parte de una, como es derecho familia nuclear, de una que haya sufrido ruptura en los vínculos de los padres, así como a las familias de crianza, monoparentales y ensambladas”, concluyó el alto tribunal.