La Corte Constitucional se encuentra estudiando una demanda con la que se busca que se elimine la pena de prisión establecida en el código penal a quienes ayuden a una persona a acceder a la eutanasia cuando desee morir dignamente.
Esta norma está denominada como ‘homicidio por piedad’ que impone una pena de prisión entre 16 a 54 meses y que, de acuerdo con los demandantes, no permite que las personas puedan poner fin a los sufrimientos que les causa alguna enfermedad grave o terminal.
Incluso, explican que esta norma se convierte en un impedimento para los profesionales de la salud que están dispuestos a realizar una eutanasia, pero no a cometer un delito y cumplir una pena de prisión.
“Si hoy en día una persona que no se encuentra en estado terminal, pero en circunstancias extremas fruto de una enfermedad grave, decide solicitar que le ayuden a morir dignamente, se encontrará con una negativa por parte del personal médico colombiano”, se lee la demanda.
La Corte Constitucional ha recibido diferentes conceptos, entre ellos el de la Procuraduría General de la Nación que conceptuó que el código penal se debe dejar tal y como está, pues en la demanda no tiene la suficiente certeza y argumentación para que el alto tribunal se pronuncie al respecto.
Hace pocos días se conoció el caso de Yolanda Chaparro, una mujer de 71 años que durante 13 meses luchó para que su EPS Compensar le autorizara la eutanasia, pues después de ser diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica, una enfermedad que afecta el sistema nervioso, debilita los músculos y afecta funciones básicas como comer, respirar y caminar, pidió acceder a este procedimiento ya que de esta manera no podría vivir dignamente.