La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda con la que Ricardo Andrés Carvajal Salgar buscaba tumbar su condena de 46 años de prisión por su participación en el atentado a la Escuela de Cadetes de la Policía Nacional General Francisco de Paula Santander, que dejó 22 muertos y 64 personas heridas, el 17 de enero de 2019.
“Los hechos que aquí se juzgan constituyen un acto criminal inaceptable y deplorable que, sin lugar a equívocos, generó zozobra, terror y angustia en la población y, por esta vía, victimizaron no sólo a los fallecidos y heridos, sino también a todo el tejido social, colocando en vilo la paz, la seguridad y la tranquilidad de los colombianos”, señaló el alto tribunal.
La Sala expuso que no hubo errores a la hora de dictar la sentencia y tampoco pruebas para desmentir la responsabilidad de Carvajal, quien fue el encargado de pagar el arrendamiento de la bodega donde fue escondida y acondicionada la camioneta utilizada para la acción terrorista.
La Corporación también indicó que existen las pruebas de que este hombre “frecuentaba ese lugar, además, se presentó ante una vecina como el arrendatario, se encargó de hacer el pago de los servicios públicos, fue visto y reconocido por los vecinos del sector ingresando enseres a la bodega y el 13 de enero de 2019, es decir, 4 días antes del atentado, pagó personalmente un canon de arrendamiento”.
Finalmente, la Corte Suprema rechazó este acto terrorista, resaltando que los jóvenes que resultaron heridos o fallecieron tenían entre 19 y 24 años y “paradójicamente, se encontraban en la Escuela de Cadetes de Policía General Francisco de Paula Santander, formándose para convertirse en oficiales de la Policía Nacional, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz”, precisó la corporación.
Con esta determinación, este hombre deberá seguir pagando su condena por los delitos de terrorismo agravado, homicidio agravado, homicidio en grado de tentativa agravado; fabricación tráfico y porte de armas de fuego de uso privativo de las Fuerzas Armadas, y daño en bien ajeno agravado.