La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por medio de un comunicado calificó los hechos de violencia ocurridos entre el 20 y el 21 de febrero de 2005, en San José de Apartadó, como un crimen de guerra y de lesa humanidad, registrados en la región del Urabá Antioqueño a causa, principalmente, de paramilitares en conjunto con personal del Ejército, que dejó una cifra de ocho personas asesinadas, entre ellos cuatro menores de edad.
En revisión de las pruebas y declaraciones pasadas, se consideró que se trató de un acto que violó los derechos humanos de la región, tras ser hechos que ocurrieron en persecución de guerrilleros y que terminó afectando a familias inocentes.
El pronunciamiento se dio luego de que, en 2019, el teniente coronel Orlando Espinosa Beltrán se sometiera a la JEP condenado a 34 años de cárcel por homicidio, pidiendo a la entidad que se olvidara del caso, argumentando que se habían cumplidos todos los plazos para que la JEP tuviera una pronunciación de lo que había pasado, pero que, debido a la falta de pruebas, no se había resuelto su situación.
En el documento se solicita “recalificar” las conductas por las que se le condena a Orlando Espinosa, pero “se declara su imprescriptibilidad”, en términos jurídicos.