Con la reciente sanción presidencial se dio luz verde a la creación de seis nuevas infracciones en la Ley de Delitos Ambientales, dentro de las ya existentes en el Código Penal, que contemplan penas de hasta 12 años de cárcel para quienes trafiquen especies silvestres o afecten el patrimonio natural del país.
Los nuevos delitos tipificados son: la deforestación, su promoción y financiación, el tráfico de fauna, la financiación de la invasión de áreas de especial importancia ecológica y la financiación o apropiación ilegal de baldíos de la nación. Por otro lado, con la sanción también se fortalecieron de las sanciones para delitos como: daños en los recursos naturales, ecocidio, caza y pesca ilegal, aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables y contaminación.
Dentro de las novedades, se encuentran también las herramientas con las que contará la Fiscalía General de la Nación para judicializar a los responsables de delitos ambientales, quienes además de exponerse a pagar condenas en centros carcelarios, no podrán constituir personerías jurídicas ni abrir locales de servicio público.
“Nuestra prioridad es el cuidado y la conservación de los bosques colombianos y, por ende, de la fauna que allí se encuentra. Por eso, quien cometa delitos como el tráfico ilegal de especies, le caerá todo el peso de la Ley de Delitos Ambientales. Lo que no se conoce no se cuida, por eso también estamos fortaleciendo la educación a través de nuestra Escuela Nacional de Formación Ambiental Savia”, aseguró Carlos Eduardo Correa, ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible.